Un 0 km con fallas repetidas derivó en una condena de $59 millones

La Justicia de Mar del Plata responsabilizó en conjunto al fabricante y a dos concesionarias. El vehículo pasó 91 días en talleres oficiales sin que nadie explicara el origen del problema.
Noventa y un días acumulados en el taller le costaron a tres empresas automotrices una condena solidaria de 59.280.458,50 pesos. El Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 4 de Mar del Plata resolvió que el fabricante y las dos concesionarias que intervinieron en la venta, la garantía y las reparaciones deben responder en conjunto ante la pareja que compró la camioneta.
El vehículo, un 4×4 adquirido como nuevo en 2020 por 4.420.000 pesos para uso familiar y laboral, falló cuatro veces en tres años. La primera fue en abril de 2021, con cinco meses de uso y 10.520 kilómetros, por una pérdida de combustible. En agosto de 2022, con 39.337 kilómetros, se apagó el motor y hubo que cambiar un inyector. Al mes siguiente se reemplazaron otros tres. La última, en julio de 2023, ocurrió en una ruta nacional: el motor entró en modo de emergencia durante un viaje familiar y obligó a volver a baja velocidad.
Todas las reparaciones se hicieron en talleres oficiales. Los compradores sostuvieron que en ningún momento recibieron una explicación técnica del origen de las fallas, que nunca les dieron un auto de reemplazo y que la documentación entregada por las empresas no permitía reconstruir el historial del vehículo.
Las tres firmas admitieron haber participado en distintas etapas del proceso, pero negaron que existiera un defecto recurrente y rechazaron responder de forma solidaria. Argumentaron que cada reparación siguió los procedimientos habituales y que la camioneta volvió a circular después de cada ingreso al taller, lo que a su criterio probaba que la garantía se había cumplido.
El tribunal no aceptó ese razonamiento. Analizó el caso bajo la Ley de Defensa del Consumidor y sostuvo que la operación no se puede partir en tramos para que cada empresa responda solo por el suyo. También estableció que la garantía legal no se agota en reemplazar la pieza que falló: cuando el problema se repite, exige una respuesta que devuelva el uso del bien en condiciones previsibles. La pericia mecánica incorporada al expediente confirmó que, pese a los recambios, no hubo diagnóstico de causa documentado ni prueba de que el desperfecto estuviera resuelto.
Un punto del fallo alcanza a cualquier reclamo similar: el juzgado aplicó la carga probatoria dinámica y determinó que eran las empresas, y no los compradores, las que estaban en mejores condiciones de aportar la documentación técnica y explicar por qué la falla volvía. No lo hicieron.
La indemnización se compone de 5.200.000 pesos por privación de uso y gastos de movilidad, 15.433.649 por daño moral y una multa por daño punitivo de 38.646.809,50 pesos, equivalente a 25 canastas básicas totales de un hogar de cuatro personas a valores de abril de 2026. Los tres rubros suman el total de la condena.
La sentencia todavía no está firme. Para apelar, las empresas deben depositar antes 79.845.489,79 pesos, que incluyen intereses y costas. El fallo también ordenó publicar un extracto en un medio de circulación local cuando quede firme y comunicar la resolución a las autoridades provinciales y municipales de defensa del consumidor.