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Sociedad y Servicios 21 de octubre de 2026

Tartagal: Salud dispuso la cesantía de un médico condenado en 2024

El Ministerio de Salud Pública de Salta resolvió separar de su cargo en el Hospital Juan Domingo Perón al médico Gunnar Roberto Gaite Villa Gómez, condenado por homicidio culposo tras la muerte de un paciente en una clínica privada de Tartagal. El caso comenzó en 2021, llegó a una sentencia penal en 2024 y derivó en una sanción administrativa publicada en octubre de 2026.

Tartagal: Salud dispuso la cesantía de un médico condenado en 2024

El Ministerio de Salud Pública de Salta dispuso la cesantía del médico Gunnar Roberto Gaite Villa Gómez, integrante de la planta permanente del Hospital Presidente Juan Domingo Perón de Tartagal, después de una condena judicial por homicidio culposo vinculada con la muerte de un paciente.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución Delegada 824 D, firmada el 14 de octubre de 2026 y publicada en el Boletín Oficial provincial el martes 20.

El caso tiene un recorrido de casi seis años desde el fallecimiento del paciente, ocurrido en enero de 2021, hasta la publicación de la medida administrativa.

En febrero de 2024, la Justicia había condenado al profesional a tres años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina.

La resolución ministerial indica que esa sentencia fue confirmada después del rechazo de los recursos presentados por la defensa y que la condena quedó firme.

La cesantía constituye una decisión distinta de la sanción penal: pone fin a la relación del profesional con la Administración Pública provincial y comienza a regir desde su notificación.

Una cirugía, una muerte y una condena por homicidio culposo

Los antecedentes judiciales se remontan a enero de 2021, cuando César Fernando Melgar, de 28 años, recibió atención médica por un fuerte dolor abdominal en una clínica privada de Tartagal.

Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, el profesional realizó una evaluación que incluyó estudios de radiografía y ecografía, diagnosticó apendicitis y practicó una intervención quirúrgica.

El paciente falleció posteriormente como consecuencia de un shock séptico.

Tras la denuncia presentada por sus familiares, la Fiscalía de Graves Atentados contra las Personas de Tartagal inició una investigación sobre el diagnóstico y las decisiones médicas adoptadas.

Durante la instrucción se analizaron la historia clínica, estudios anatomopatológicos y otros elementos destinados a establecer las circunstancias del fallecimiento.

El fiscal Gonzalo Ariel Vega sostuvo que el médico había realizado un diagnóstico incorrecto y que no adoptó oportunamente las medidas que correspondían al cuadro clínico.

Entre los cuestionamientos de la acusación figuraron la falta de estudios complementarios y el incumplimiento de procedimientos que, según el fiscal, debieron considerarse antes de la intervención.

En mayo de 2023, el Ministerio Público Fiscal requirió que el profesional fuera llevado a juicio.

Durante el debate oral declararon profesionales que habían participado en la atención del paciente.

Uno de los testimonios destacados fue el del médico radiólogo que había examinado la placa radiográfica. Según informó la Fiscalía, el especialista explicó que no había identificado signos de apendicitis en esa imagen y que una tomografía podía aportar información más precisa.

También se incorporaron testimonios del anestesiólogo y del médico terapista que habían intervenido en la evaluación clínica.

El 29 de febrero de 2024, la jueza María Soledad Rodríguez, de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal, condenó a Gaite Villa Gómez por homicidio culposo.

La sentencia estableció tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación profesional. La pena de prisión condicional no implica, por sí misma, el cumplimiento efectivo de esos tres años en una cárcel.

Posteriormente, según la resolución administrativa publicada por Salud Pública, la Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó los planteos de casación e inconstitucionalidad de la defensa.

Por qué la cesantía se resolvió en 2026

La condena penal no produjo automáticamente la desvinculación administrativa del profesional del hospital público.

Para determinar su situación laboral, el Ministerio de Salud Pública autorizó durante 2025 la apertura de un sumario mediante la Resolución 958/2025.

El procedimiento examinó la responsabilidad administrativa del médico conforme al Estatuto de la Carrera Sanitaria de Salta, establecido por la Ley 7678.

El expediente tuvo como fundamento tanto la condena judicial como las condiciones de idoneidad y habilitación exigidas para desempeñar funciones en el sistema público de salud.

Según la resolución ministerial, el profesional fue notificado de las distintas etapas del sumario, pero no ejerció su derecho de defensa dentro de ese procedimiento.

Una vez concluida la investigación, el Departamento de Sumarios de la Subsecretaría de Personal recomendó aplicar la sanción de cesantía.

También intervino la Fiscalía de Estado, que mediante el Dictamen 61/2026 concluyó que correspondía adoptar esa medida.

El Ministerio consideró que la inhabilitación judicial para ejercer la medicina resultaba incompatible con la continuidad del vínculo laboral en un cargo profesional sanitario.

Finalmente, el ministro de Salud Pública, Federico Mangione, firmó la resolución que dispuso la cesantía.

La cronología presenta un punto que merece seguimiento: entre la sentencia de febrero de 2024 y la resolución de octubre de 2026 transcurrieron más de dos años y siete meses.

Sin embargo, esa diferencia temporal no permite concluir que el médico haya continuado atendiendo pacientes después de su condena.

La documentación oficial publicada no precisa cuándo quedó firme exactamente la sentencia ni informa si el profesional estuvo suspendido, de licencia o prestando servicios mientras avanzaba el procedimiento administrativo.

Tampoco permite determinar si percibió remuneraciones durante ese período ni conocer la fecha efectiva de notificación de la cesantía.

Son datos necesarios para reconstruir completamente la actuación administrativa del sistema sanitario provincial.

El caso muestra cómo una investigación por una muerte ocurrida en el ámbito privado terminó teniendo consecuencias sobre un cargo en el hospital público de Tartagal.

La condena penal y la cesantía ya están documentadas. Lo que todavía falta establecer es cuál fue la situación laboral del profesional entre ambas decisiones y cómo se administró su inhabilitación durante ese tiempo.

Redacción REDmediosResponsable editorial: Jere Carrazan