Las empresas pueden pagar importaciones, pero no atesorar dólares oficiales libremente

El BCRA diferencia las compras de insumos, el ahorro y los giros de ganancias. Qué condiciones deben revisar las sociedades del norte que operan con el exterior.
Pagar una importación y comprar dólares para guardarlos no tienen el mismo tratamiento cambiario. Una sociedad comercial puede acceder al mercado de cambios para cancelar operaciones autorizadas, pero necesita la conformidad previa del Banco Central si busca adquirir moneda extranjera para atesoramiento. La flexibilización de los pagos no equivale a una apertura para cualquier destino.
La diferencia está en las normas de Exterior y Cambios del BCRA. Para las personas jurídicas, la compra de dólares destinada a mantener billetes o depósitos propios conserva ese requisito de autorización. Esto no significa que tengan prohibido poseer dólares, sino que su adquisición por el mercado oficial depende del uso declarado.
En las importaciones hubo una flexibilización concreta. La Comunicación A 8226 eliminó el plazo de espera desde el registro de ingreso aduanero para los bienes oficializados a partir del 14 de abril de 2025. El banco, de todos modos, debe comprobar la documentación y el cumplimiento de los demás requisitos. Los pagos anticipados tienen condiciones específicas.
También permanece la restricción cruzada con determinadas operaciones financieras. Para acceder sin autorización previa en los casos alcanzados, la empresa debe declarar que no realizó ciertas transacciones con títulos y activos externos durante los 90 días anteriores y comprometerse a no efectuarlas durante los 90 siguientes. Entre ellas figuran ventas de títulos con liquidación en moneda extranjera. Existen excepciones: no es una prohibición indistinta sobre toda inversión.
El envío de ganancias a accionistas del exterior tiene otra distinción. La apertura dispuesta en abril de 2025 comprende utilidades de ejercicios iniciados desde el 1 de enero de ese año, respaldadas por balances regulares y auditados. Esa habilitación no liberó automáticamente las ganancias acumuladas de ejercicios anteriores.
Qué implica para las empresas del norte
Salta exportó aproximadamente USD 1.432 millones durante 2025, según la Dirección General de Estadísticas y Censo, sobre estimaciones del INDEC. Entre los principales productos estuvieron las legumbres, el maíz y el tabaco sin elaborar. El monto corresponde a toda la provincia, no exclusivamente a San Martín y Orán.
Para las sociedades exportadoras, el régimen general exige ingresar y liquidar los cobros dentro de los plazos aplicables: traer las divisas y venderlas en el mercado de cambios, salvo las excepciones previstas. En abril de 2026, el BCRA amplió excepciones para exportadores que operan como personas humanas; esa medida no se extendió de manera general a las personas jurídicas.
Para una sociedad salteña que necesita pagar maquinaria o insumos importados, la consecuencia práctica es coordinar el calendario comercial con sus operaciones financieras. No alcanza con que el pago de la mercadería esté habilitado: el banco también debe revisar las condiciones de acceso correspondientes a esa empresa.
Las fuentes consultadas no permiten cuantificar el costo de estas restricciones para las firmas de San Martín y Orán.