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Economía y Producción 24 de septiembre de 2026

La IGJ simplificó la apertura de sociedades, pero no alcanza a Salta

La IGJ simplificó la apertura de sociedades, pero no alcanza a Salta

La Inspección General de Justicia eliminó requisitos y flexibilizó trámites para constituir sociedades. Los cambios rigen desde el 23 de septiembre, pero se aplican al registro administrado por la IGJ y no modifican automáticamente el régimen societario de las provincias.

La Inspección General de Justicia puso en vigencia nuevas reglas para simplificar la constitución de sociedades y reducir requisitos administrativos. La reforma fue establecida mediante la Resolución General 11/2026, publicada el 22 de septiembre en el Boletín Oficial.

Uno de los principales cambios es la eliminación del dictamen profesional de precalificación como requisito obligatorio para constituir una sociedad. Ese documento podrá seguir presentándose voluntariamente o en los casos específicos en los que resulte exigido.

La resolución también flexibiliza la definición del objeto social. Desde ahora una sociedad puede incluir distintas categorías de actividades sin necesidad de demostrar que estén conectadas, sean complementarias o accesorias entre sí.

Para las Sociedades por Acciones Simplificadas, además, se admite que el objeto sea definido mediante una fórmula amplia que permita realizar cualquier actividad lícita.

Qué otros trámites cambiaron

La reforma permite constituir una sede electrónica complementaria mediante una dirección de correo electrónico, aunque esta no reemplaza a la sede física de la sociedad.

También se ampliaron las alternativas para acreditar aportes de capital. Dependiendo del tipo de aporte, pueden utilizarse depósitos o transferencias bancarias, certificaciones notariales y mecanismos digitales previstos por el sistema registral.

La IGJ también derogó 33 artículos reglamentarios, un anexo y dos resoluciones generales anteriores. Según el organismo, el objetivo es eliminar exigencias que no resultaban necesarias para garantizar la publicidad registral y la seguridad jurídica.

Qué pasa en Salta

El alcance territorial es un punto clave. La IGJ inscribe y fiscaliza principalmente a las sociedades comerciales y entidades civiles con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ese motivo, la Resolución General 11/2026 no modifica automáticamente los requisitos para constituir una sociedad con domicilio legal en Salta, donde interviene el registro provincial correspondiente.

La medida nacional puede servir como referencia para futuras simplificaciones en otras jurisdicciones, pero por ahora no significa que una empresa salteña pueda constituirse bajo estas nuevas condiciones únicamente por la entrada en vigencia de la resolución.

También es importante diferenciar la constitución de una sociedad de la apertura integral de un negocio. La reforma modifica trámites registrales ante la IGJ, pero no elimina otros requisitos que puedan corresponder según la actividad, como inscripciones tributarias, habilitaciones o autorizaciones específicas.

Jere CarrazanChief Editor