En Salta, los empleados de comercio tendrán descanso el lunes 28

La celebración del Día del Empleado de Comercio se trasladará este año al lunes 28 de septiembre en Salta. Durante esa jornada regirá el descanso para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y sus convenios complementarios.
La Subsecretaría de Trabajo de la Provincia confirmó el traslado luego del acuerdo alcanzado a nivel nacional entre las cámaras empresariales CAC, CAME y UDECA y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios.
El Día del Empleado de Comercio está establecido por la Ley 26.541 para el 26 de septiembre. La norma dispone que los trabajadores alcanzados no presten tareas durante esa jornada y equipara el descanso a un feriado nacional a todos los efectos laborales.
Para 2026, la celebración fue trasladada al lunes 28 mediante acuerdos entre las entidades sindicales y empresarias. En Salta, esos convenios fueron presentados por el Sindicato de Empleados de Comercio y avalados por la autoridad laboral provincial.
Entre las actividades comprendidas aparecen supermercados, mayoristas, centros comerciales, corralones, distribuidoras y cadenas de electrodomésticos, entre otros establecimientos incluidos en los acuerdos homologados.
El traslado no significa necesariamente que todos los comercios de Salta deban permanecer cerrados. La obligación de descanso alcanza a los trabajadores comprendidos en el convenio mercantil y en los acuerdos correspondientes, por lo que la apertura de cada establecimiento dependerá de cómo organice su actividad sin afectar ese derecho laboral.
La fecha original, sábado 26, queda así desplazada al lunes 28 para los empleados alcanzados por el acuerdo.