El INDEC elevó hasta $1,92 millones las multas por incumplimientos

El organismo actualizó el régimen sancionatorio para quienes no entreguen en término, falseen u omitan información requerida por el Sistema Estadístico Nacional. El máximo no es automático: corresponde al tope previsto por la normativa.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos actualizó los montos de las multas previstas para incumplimientos vinculados con el suministro obligatorio de información estadística.
La medida quedó establecida mediante la Resolución 133/2026, publicada este martes 22 de septiembre en el Boletín Oficial.
La nueva escala fija un mínimo de $19.397,92 y un máximo de $1.924.720,29. Los valores anteriores iban desde $16.639,92 hasta $1.651.062,93.
Las sanciones están contempladas en el artículo 15 de la Ley 17.622 y pueden alcanzar a quienes no suministren en término la información requerida para estadísticas y censos del Sistema Estadístico Nacional, así como a quienes falseen los datos o los entreguen con omisiones maliciosas.
Esto no significa que una persona que no responda una consulta del INDEC reciba automáticamente una multa de $1,92 millones. Esa cifra representa el máximo de la escala sancionatoria prevista por la normativa para los incumplimientos alcanzados por la ley.
La resolución también elevó a $39.454,30 el monto establecido por la reglamentación para determinar la inapelabilidad de determinadas sanciones.
Los importes se actualizan periódicamente según la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor. Para esta modificación se tomó el período comprendido entre enero y junio de 2026.
La nueva escala quedó vigente con la publicación de la resolución y reemplaza los valores fijados en marzo de este año.