Desde el 5 de septiembre los adolescentes de 14 años pueden ser juzgados

Entra en plena vigencia la ley 27.801, que baja la edad de imputabilidad y habilita penas de hasta 15 años por delitos graves. Las defensoras penales juveniles dicen que Salta está preparada; un exjuez federal sostiene que no está definido dónde se aloja a los chicos.
El 5 de septiembre entra en plena vigencia en todo el país la ley 27.801, el nuevo régimen penal juvenil. Desde esa fecha, un adolescente de 14 años puede ser sometido a un proceso penal y, por delitos graves como homicidio, secuestro, abuso sexual o robo con violencia, recibir una pena de prisión de hasta 15 años.
La ley fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026 y promulgada por el Poder Ejecutivo nacional el 9 de marzo, mediante el decreto 138/2026. Lo que empieza el 5 de septiembre es su aplicación efectiva.
El régimen no es el de los adultos. Las causas quedan en manos de jueces, fiscales y defensores especializados en materia penal juvenil, y todo adolescente tiene derecho a un abogado desde el inicio del proceso: si no puede tener uno particular, el Estado debe garantizarle un defensor público especializado.
La prisión es el último escalón, no el primero. El exjuez de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, Jorge Luis Villada, describió la escala completa, que en la mayoría de las coberturas queda afuera. El primer peldaño es la amonestación: el juez le hace tomar conciencia de lo que hizo y vuelve a su casa con instrucciones de vida. El segundo es la prisión domiciliaria. El tercero es un instituto judicial abierto, tipo internado, de lunes a viernes, donde el adolescente debe tener un oficio, mantener contacto con su familia y recibir tratamiento interdisciplinario. El cuarto es el encierro, y queda reservado para delitos graves como el homicidio.
La ley también contempla amonestaciones, tareas comunitarias, prohibiciones específicas y medidas de reparación del daño como alternativas a la privación de libertad.
Sobre si Salta está en condiciones de aplicar todo esto, hay dos respuestas oficiales que no coinciden.
Las defensoras penales juveniles de la Provincia, Mariana Onetto, Vanesa Argüello y Marta Vigueras Dellmans, afirmaron que Salta está preparada para los nuevos estándares, garantías y desafíos de la reforma. Remarcaron que los procesos se van a desenvolver con jueces, fiscales y defensores especializados, y que el régimen no prevé una única respuesta frente a todos los delitos: las medidas dependen de la gravedad del hecho, las circunstancias del caso y la situación del adolescente.
Villada planteó lo contrario en materia de infraestructura. Sostuvo que no todas las provincias tienen los recursos para edificar lugares adecuados donde alojar adolescentes en los términos que exige la ley, y estimó que terminarán en un pabellón para menores dentro de una cárcel de adultos o en un instituto de máxima seguridad. Dijo textualmente que no está claro cómo lo van a hacer.
Ninguna de las dos posiciones puede verificarse desde acá: la primera es una afirmación institucional sin detalle de recursos, la segunda es una estimación de un especialista sin dato oficial que la respalde. Lo que sí queda establecido es que a ocho días de la entrada en vigencia no hay una respuesta pública única sobre el lugar de alojamiento.
Hay además una cifra que circula y que conviene mirar con cuidado. Villada mencionó que el máximo de encierro podría llegar a extenderse hasta 99 años, y a continuación explicó su propio cálculo: 15 años de pena máxima más los cuatro años que el adolescente pudo haber estado en un internado entre los 14 y los 18. REDmedios hizo la suma que él propone: 15 + 4 = 19. La cifra de 99 no se desprende de esa operación. Puede referir a otra hipótesis que la entrevista no desarrolla, pero como está publicada no se sostiene con la explicación que la acompaña. La publicamos señalada, no repetida.
La jueza penal juvenil de Salta, Nadia Lorena Cruz, planteó que los cambios deben abordarse desde una mirada especializada que contemple no solo la responsabilidad por el delito cometido, sino también las condiciones de vida y las necesidades de cada adolescente. Sostuvo que existe un deber del Estado de protección más allá del castigo y que el objetivo debe seguir siendo la reintegración social.
En toda la discusión pública sobre la implementación no aparece mencionado ningún distrito judicial del interior. No se informó si hay jueces, fiscales y defensores penales juveniles designados en el norte provincial, ni dónde se aloja a un adolescente de San Martín o de Orán bajo el nuevo régimen. REDmedios va a consultarlo al Poder Judicial de Salta.